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Contratos del sector público deberán tener opinión del MEF

ECONOMÍA. El Gobierno aprobó un procedimiento especial para que los ministerios, gobiernos regionales y locales soliciten, de forma extraordinaria, la opinión favorable del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).

El decreto de urgencia, publicado hoy en el suplemento de Normas Legales del diario “El Peruano”, tiene impacto en los contratos suscritos y adendas por estas entidades que no cuenten con la opinión previa del MEF.

Para ello, estas instituciones tendrán hasta un plazo de 40 días hábiles, contados a partir de la fecha de vigencia de la norma, para solicitar el visto bueno de la cartera económica, para lo cual previamente se deberá tener el consentimiento previo del inversionista.

“Excepcionalmente, el procedimiento también aplica a la opinión de la versión final del contrato siempre que haya sido adjudicado la buena pro, de manera previa a la fecha de entrada en vigencia de la presente norma”, indicó el decreto.

“Estas medidas tiene como objetivo impedir la paralización de obras de infraestructura pública o la interrupción de servicios públicos, ya que las Asociaciones Público Privadas (APP) son de suma importancia para la dinamización de la economía mediante la creación de empleos directos e indirectos, y para mejorar la calidad de vida de la población a través del acceso a servicios básicos”, precisó el titular del MEF, Alonso Segura.

Procedimiento 

Presentada la solicitud al MEF, el ministerio tendrá un plazo máximo de 20 días hábiles para emitir su opinión, y podrá solicitar dentro de los primeros 5 días información adicional para ello.

En caso de opinión favorable, los contratos se ejecutarán conforme a los términos acordados. En caso de una opinión desfavorable, la entidad tendrá hasta 40 días para subsanar las observaciones señaladas por el MEF.

Luego de ello, el MEF tiene hasta 15 días hábiles para emitir un informe, con el que se concluirá el procedimiento.

Fuente: El Comercio

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