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Estos son los ocho proyectos de ley presentados a la Comisión de Energía y Minas

ECONOMÍA. Estos son los ocho proyectos de ley presentados a la Comisión de Energía y Minas. Hasta el 23 de enero del presente año, ocho iniciativas legislativas fueron llevadas a la Comisión Parlamentaria de Energía y Minas, para su respectivo debate y posterior promulgación o archivamiento. Los dispositivos están abocados al sector minero-energético. Sepa detalladamente cuáles son y qué proponen.

El grupo político más productivo en el primer mes es Fuerza Popular, tras sustentar tres propuestas (N° 00851, 00874 y 00875) en la citada mesa congresal referidas a la eliminación definitiva del importe cobrado en los recibos de servicio eléctrico como fondo de garantía a la construcción del Gasoducto Sur Peruano.

Para la elaboración del primer proyecto, levantado el 5 de enero, se contó con la participación de los fujimoristas Lourdes Alcorta, Alfonso Monterola Abregu, Segundo Tapia Bernal, Rosa Bartra, entre otros. El segundo y tercer dispositivo datan del 12 de enero.

Le siguen el APRA (N° 00854), Alianza para el Progreso (N° 00864) y Acción Popular (N° 00873). Todos ellos con el objetivo de suspender el cargo tarifario denominado “”Afianzamiento de la Seguridad Energética”” en los recibos por servicio de energía eléctrica y todos los cargos destinados a financiar el gasoducto.

Por último, el Frente Amplio también contribuyó con dos importantes iniciativas. La primera (N° 00857) propone declarar de necesidad pública e interés nacional al Proyecto Integral de masificación del gas natural en el sur del Perú.

En simples palabras, persigue la construcción y operación de un gasoducto al sur y la creación del Complejo Industrial Petroquímico.

El segundo (N° 00846) autoriza estimar las regalías mineras en base al valor del concentrado o equivalente conforme a precios del mercado internacional, aumento de los porcentajes a aplicar sobre esos ingresos y su distribución a los gobiernos locales y regionales orientados.

Para ello, busca modificar el artículo 3° de la Ley N° 29788, Ley que modifica la Ley 28258, Ley de Regalía Minera, referente a la constitución de la regalía minera; y, los artículos 5°y 8° de la Ley N° 28258, Ley de Regalía Minera; referente a los rangos para el pago y distribución de la regalía minera.

(Foto referencial)

(JPC)

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