Con el objetivo de difundir los alcances de la Ley Nº 28992, la Dirección General de Minería (DGM) del Ministerio de Energía y Minas (MEM) inició una masiva difusión mediante diversos soportes, como un calendario impreso a todo color, que se distribuirá en los lugares más apartados del país.
La mencionada ley establece que el trabajo de personas menores de 18 años en las actividades concernientes a la minería está prohibido, por lo que tienen el derecho a ser retirados o a mantenerse al margen de esta actividad que representa un riesgo para su salud y seguridad.
En este calendario se indica que el Estado promueve una minería moderna, formal, con responsabilidad social y ambiental; y fiscaliza el cumplimiento de estas obligaciones. En tanto los gobiernos regionales fomentan y supervisan las actividades de la pequeña producción minera y de la pequeña minería artesanal.
Asimismo, recuerda que la minería crea oportunidades y los recursos generados deben impulsar el desarrollo de otras actividades económicas y sociales de la comunidad.
La solicitud de este calendario puede hacerse a la DGM DEL MEM o a la Dirección Regional de Minería de cada región.