ECONOMÍA. Gobierno crea proyecto de acceso a predios para inversiones priorizadas. El Gobierno creó el Proyecto Especial de Acceso a Predios para Proyectos de Inversión Priorizados (APIP), a través de un decreto legislativo aprobado en el marco de las facultades delegadas por el Congreso, a fin de facilitar las obras de infraestructura de interés nacional.
La norma publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano, establece que APIP es un proyecto especial en la Agencia de Promoción de la Inversión Privada (Proinversión), el mismo que tiene autonomía funcional, administrativa, técnica y económica.
El APIP tiene una vigencia de tres años, pudiendo ser extendida por Resolución Ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) a pedido del Director Ejecutivo de Proinversión.
Asimismo, el Decreto Legislativo Nº 1333, para la Simplificación del Acceso a Predios para Proyectos de Inversión Priorizados, señala que el APIP depende del Director Ejecutivo de Proinversión, quien a su vez designa a un Director Ejecutivo para APIP.
El DL 1333 tiene por objeto establecer disposiciones orientadas a facilitar la ejecución de obras de infraestructura de interés nacional y de gran envergadura que sean priorizadas del listado de la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley 30025 y modificatorias y otros proyectos que sean priorizados.
En ambos casos, la priorización se realiza por Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el titular del sector competente, denominándose a efectos de este Decreto Legislativo proyectos de inversión priorizados.
Los proyectos de inversión priorizados pueden ser incluidos a solicitud de los Gobiernos Regionales.
Funciones
El artículo tercero del referido decreto legislativo, establece las funciones del APIP, quien ejecuta las acciones requeridas para sanear a nombre del Estado los derechos de propiedad sobre los predios requeridos para la ejecución de los proyectos de inversión priorizados.
En el artículo sexto, referido a la adjudicación de lotes o reubicaciones, establece que para facilitar la negociación directa, APIP puede ejecutar programas de reubicación o pago mediante adjudicación de terrenos del Estado o proyectos habitacionales, previa autorización por Resolución Ministerial del MEF.
Asimismo, se indica que el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) o el Ministerio de Agricultura y Riego (Minagri), según corresponda, establecen las regulaciones necesarias para facilitar la asignación o adjudicación de los predios.
La norma lleva la rúbrica del Presidente de la República, Pedro Pablo Kucyznski; el jefe del Gabinete ministerial, Fernando Zavala; y el ministro de Economía y Finanzas, Alfredo Thorne.
(BQO)