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¿Marchan bien las relaciones comunitarias en minería?

Carlos Humberto Alva Alva

Especialista en gestión social en minería, ha sido asesor de Alta Dirección en el MEM.

En el relacionamiento comunitario de las empresas del sector ha corrido mucha agua bajo el puente, y en estos últimos 20 años –por establecer un período- se ha dado una evolución tanto por impulso normativo, modernización de la gestión o cambio de paradigmas como la inclusión de la RSE, de la capacidad de negociación de los grupos de interés donde resaltan las comunidades de las zonas de influencia. Es en el ámbito del relacionamiento y compromiso con los grupos de interés, dentro de la RSE, que hoy el relacionamiento comunitario se mueve.

Podemos hablar de dos grandes etapas de experiencia y aprendizaje:

Primera etapa: Segundo quinquenio de los años 90 del siglo pasado e inicios del siglo XXI.

Las empresas mineras se enfrentaron a negociaciones con comunidades más empoderadas y una corriente antiextractivista. Como nuevo modelo de oposición surge el tema ambiental. Paralelamente a ello, aún las empresas veían el reclamo de las comunidades como un “pliego de reclamos” sindical.

Se reveló que era necesaria una mayor información y estrategias de relacionamiento y se acuñaron definiciones operativas de lo que es un relacionamiento comunitario. ¿Tras esa revelación hubo aprendizaje?

Se empezó desde el Estado a exigir un Plan de Relaciones Comunitarias en los estudios de impacto ambiental. El componente social de los instrumentos ambientales comenzó a adquirir mayor fuerza y se delimitaron las esferas de lo obligatorio o vinculante y la del ámbito eminentemente voluntario de la RSE.

El fin de un régimen político fuerte de apoyo a las industrias extractivas desorientó a un sector de empresariado que esperaba que esas reglas de juego prevalezcan. La realidad político electoral fraccionada y cortoplacista, unida al descrédito de la clase política y baja aprobación de estamentos estatales aportaron a una crisis que aún no se resuelve.

Segunda etapa: giro de reglas de juego y aprendizaje en gran parte de la década pasada y lo que va de esta.

Las reglas de juego experimentaron innovaciones; la participación ciudadana se volvió más importante para mejorar la retroalimentación de las características y beneficios de los proyectos mineros al desarrollo de las comunidades. Aparecieron también dos versiones de una norma que trata el compromiso previo de los titulares mineros en la industria, donde el tema de adecuado relacionamiento y respeto a las comunidades y sus instituciones es vital. Ello trasciende el ámbito voluntario porque es fiscalizable.

Por su lado, las empresas reunidas en la SNMPE se rigen por principios de conducta corporativos y han elaborado principios y herramientas propias para su mejor relacionamiento comunitario, adaptándolas a cada realidad del entorno de sus proyectos. Se dinamizaron y mejoraron las estrategias de relacionamiento comunitario incluyendo profesionales idóneos para su práctica.

Por ejemplo, uno de los principios corporativos de Southern Copper señala así:

“Responsabilidad Social con la Comunidad.

Integrar de modo permanente las actividades de la empresa con su entorno social; participar en las actividades y eventos comunitarios e impulsar el desarrollo sustentable de la sociedad”

Que hayan surgido problemas en Tía María bien puede ser resultado de forma de trabajar de determinados funcionarios y empleados de Southern, que finalmente arrastran a la empresa. Su política de relaciones comunitarias está precedida de muchos años de éxitos donde generaciones enteras han recibido sus beneficios.

La evolución de los componentes exigidos en los estudios ambientales ha sido favorable para el ámbito de las relaciones comunitarias, y se encuentran en términos de referencia del MEM. Igualmente el Reglamento de Protección y Gestión Ambiental para las Actividades de Explotación, Beneficio, Labor General, Transporte y almacenamiento Minero, D.S. N° 040-2014-EM, señala en su Artículo 53° el Contenido del Plan de Gestión Social, contenido en el estudio ambiental, y que establece las estrategias, programas, proyectos y medidas de manejo de impactos sociales que deben adoptarse a fin de prevenir, mitigar, controlar, compensar o evitar los impactos sociales negativos y de optimizar los impactos sociales positivos del proyecto minero en sus respectivas áreas de influencia social. Se determina sobre la base a lo dispuesto por el Título V del presente Reglamento y comprende el Programa de Relaciones Comunitarias, el Plan de Participación Ciudadana y el Cronograma de Inversión Social.

Sin embargo, uno de los grandes retos hoy es hacer seguimiento del cumplimiento efectivo de los compromisos asumidos. Recordemos que están los asumidos en los instrumentos ambientales y sociales aprobados y por lo tanto vinculantes y el tema de la RSE. Hay críticas fundadas y otras no en este extremo.

Creemos que deben incrementarse y mejorarse los mecanismos de diálogo e interactuación co responsable entre las organizaciones comunales y las empresas para identificar las debilidades en el seguimiento de los compromisos. Y de parte del Estado, tener un monitoreo más realista, pues no se viene haciendo el seguimiento adecuado del tema por parte de la autoridad sectorial.

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