LABORAL. Mediante la resolución directoral general Nº 010-2015-MTPE/214 -publicada hoy en Normas Legales del diario oficial El Peruano- el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) declara fundado el recurso de revisión presentado por la empresa Doe Run S.R.L. en liquidación en marcha contra la resolución directoral Nº 048-2014-DRTPE y, en consecuencia, declara improcedente la comunicación de huelga indefinida cursada por el Sindicato Unitario de Trabajadores de la Unidad Minera Doe Run Perú – Cobriza División con fecha 21 de noviembre del 2014.
Cabe precisar que la huelga se realizó de manera indefinida a partir de las 00:00 horas del día 29 de noviembre del 2014.
Asimismo, entre los considerando de ley, se precisa que si bien el Sindicato de Trabajadores ha presentado copia de las Actas de las Asambleas Generales Extraordinarias, las cuales se realizaron los días 01, 02, 16 de noviembre del 2014 y contó con la participación de 340 trabajadores afiliados, y donde se aprobó por unanimidad llevar a cabo la medida de fuerza; sin embargo, en las asambleas del 01 y 02 de ese mes no se indicó una fecha cierta de inicio de dicha medida de fuerza.
“En tal sentido, atendiendo a que no se tiene certeza sobre la voluntad colectiva de llevar a cabo la medida de fuerza, no se puede tener por acreditado del cumplimiento del requisito en cuestión», expresa la entidad en la resolución