ENERGÍA. Suspenden cobro en recibo de luz por desarrollo del Gasoducto Sur Peruano. Así lo dio a conocer el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin) a través de la Resolución N° 011-2017-OS/CD, emitida hoy en Normas Legales del diario oficial El Peruano.
La directiva acordó que ante la terminación de la concesión del GSP por el incumplimiento de una obligación contractual de parte del concesionario -integrado por las empresas Odebrecht, Graña y Monterero y Enágas- no se tiene justificación de continuar con la recaudación de los cargos impuestos por concepto de adelanto de ingresos garantizados.
Agregó que el plazo para la acreditación del cierre financiero del Proyecto venció el 23 de enero de 2017, sin que el Concesionario haya acreditado el cumplimiento de la referida obligación.
«Como consecuencia de la situación descrita, con fecha 24 de enero del 2017, mediante Oficio N° 145-2017-MEM-DGH, remitido por Vía Notarial a la empresa Gasoducto Sur Peruano S.A., el Director General de Hidrocarburos del Ministerio de Energía y Minas comunica a la referida empresa que al amparo de la cláusula 6.7 del Contrato de Concesión del Proyecto “Mejoras a la Seguridad Energética del País y Desarrollo del Gasoducto Sur Peruano”, el Estado Peruano, actuando a través del Ministerio de Energía y Minas, declara la Terminación de la Concesión por causa imputable al Concesionario», precisa la disposición.
En ese sentido, Osinergmin sostiene que se ordena la suspensión de cada uno de estos cargos, ordenándose a las empresas eléctricas a emitir un nuevo pliego tarifario, que no incluya estos cargos, al igual que la suspensión de la inclusión los mismos en los recibos y facturas que se emitan por el servicio de electricidad», sentencia la norma.