HIDROCARBUROS. Senace aprueba manual de EIA detallado para subsector hidrocarburos.
El Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (Senace) publicó la Resolución Jefatural Nº 110-2016-SENACE/J, mediante la cual se anuncia la aprobación del manual de Evaluación del Estudio de Impacto Ambiental Detallado (EIA-d) para el subsector de hidrocarburos.
«El referido manual tiene como objetivo general, orientar la función del Senace en el procedimiento de evaluación y aprobación de los EIA-d del subsector Hidrocarburos y contribuir a que dicho procedimiento se desarrolle de una manera efectiva, ágil y transparente, generando predictibilidad y confianza, así como garantizar el cumplimiento de los plazos previstos en la normativa vigente en beneficio de los titulares y de la ciudadanía general», detalló la medida publicada hoy en Normas Legales del diario oficial El Peruano.
Como se recuerda, a través de la Resolución Jefatural N° 091-2016-SENACE/J, del pasado 20 de setiembre de este año, se dispuso la publicación del proyecto de Manual de Evaluación del Estudio de Impacto Ambiental Detallado (EIA-d) para el Subsector Hidrocarburos, a fin de conocer las opiniones y/o sugerencias de los ciudadanos.
En el documento -que se encuentra en portal oficial del Senace- se precisa que el alcance del manual describe en forma sistemática la secuencia de procesos que la institución debe realizar para la evaluación de los EIA-d del Subsector Hidrocarburos.
Este Manual está dirigido a los profesionales y especialistas de la Unidad de Evaluación Ambiental de Proyectos de Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales (UPAS) y de la Unidad de Gestión Social (UGS). La UPAS y la UGS son unidades orgánicas que pertenecen a la Dirección de Certificación Ambiental del Senace.
Asimismo, el manual considera las actividades a realizar luego de la presentación del EIA-d, a través de la Plataforma Informática de la Ventanilla Única de Certificación Ambiental, hasta la notificación al titular de la aprobación o desaprobación del EIA-d.
Adicionalmente, contiene formatos que guiarán el trabajo de los evaluadores, con el fin de mejorar la eficiencia en los tiempos de revisión de los EIA-d. Cabe precisar que para el ingreso del EIA-d a través de Ventanilla Única el titular debe haber cumplido con un proceso de participación ciudadana preliminar que es de carácter obligatorio, éste proceso preliminar no forma parte del alcance del presente Manual, sin embargo, se describirá como un antecedente al proceso de evaluación.
La aplicación de este Manual por parte de los evaluadores de las unidades orgánicas de la Dirección de Certificación Ambiental no les exime de advertir el cumplimiento de la normativa vigente aplicable al procedimiento de evaluación y aprobación de un EIA-d de un proyecto de hidrocarburos.
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(TCP)