El nuevo marco normativo permitirá aplicar productos avalados por EE.UU., Reino Unido y Australia, pero con estrictas restricciones ambientales.
El Gobierno peruano actualizó las reglas para atender derrames de hidrocarburos al permitir la homologación de dispersantes y productos químicos ya autorizados en países como Estados Unidos, Reino Unido, Australia, Francia y Nueva Zelanda. La medida, anunciada en el proyecto de resolución directoral N° 530-2025-MGP/DICAPI, se inspira en experiencias internacionales como el caso del Exxon Valdez y busca fortalecer la gestión ambiental nacional.
El nuevo marco establece que solo podrán utilizarse productos aprobados por la Autoridad Marítima Nacional, que además llevará un registro público. Entre los productos regulados se incluyen dispersantes, biorremediadores, desengrasantes y sorbentes. Los dispersantes, compuestos por surfactantes y disolventes, facilitan la fragmentación del petróleo y su biodegradación por microorganismos marinos.
La norma también impone límites. Su uso queda prohibido en humedales, parques marinos, estuarios y otras zonas sensibles. Además, su aplicación será efectiva únicamente en hidrocarburos de viscosidad inferior a 10.000 cSt, y debe realizarse poco después del derrame. El uso no es automático: las empresas deben solicitar autorización a la Capitanía de Puerto, que tiene un día hábil para responder.
Aunque los dispersantes permiten reducir el impacto costero y mejorar la respuesta en alta mar, también pueden aumentar la toxicidad local y favorecer la incorporación de hidrocarburos al sedimento en aguas poco profundas. El reglamento apunta a equilibrar rapidez operativa y protección ambiental, al restringir su aplicación a contextos donde su eficacia y seguridad estén garantizadas.