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Nuevo marco para el cierre de minas: los datos que debes saber

El Decreto Supremo 006-2025-EM introduce cambios sustanciales en la regulación del cierre de minas en el Perú.

La norma consolida un enfoque más riguroso en planes de cierre, garantías financieras y reportes semestrales, reforzando la sostenibilidad del sector y la confianza de los inversionistas.

La norma eleva los estándares técnicos y financieros al exigir garantías más sólidas, planes de cierre con visión integral y reportes semestrales más rigurosos. Estas medidas buscan consolidar un sector minero más sostenible, reducir los pasivos ambientales y reforzar la confianza de inversionistas y comunidades.

Rafael Lengua Peña, Socio de Philippi Prietocarrizosa Ferrero DU & Uría abordó el tema en exclusiva para la Revista Rumbo Minero.

Un nuevo estándar para el sector minero peruano

El cierre de minas constituye la etapa final en el ciclo de vida de una operación minera y es clave para garantizar la protección ambiental y la seguridad de las comunidades. El DS 006-2025-EM, que modifica el reglamento de la Ley N.° 28090, representa un salto cualitativo en la regulación peruana, alineándola con prácticas internacionales de sostenibilidad.

Aunque su implementación plena dependerá de la publicación de lineamientos técnicos complementarios antes de septiembre de 2025, el nuevo marco normativo ya marca una hoja de ruta más exigente y predecible para los titulares mineros.



Garantías financieras más robustas

Uno de los pilares de la reforma es el fortalecimiento de las garantías financieras:

  • Ahora deben cubrir no solo las obligaciones ambientales tradicionales, sino también la seguridad de la infraestructura minera, como presas de relaves, depósitos de desmonte y tajos abiertos.
  • Se incorpora de manera expresa la obligación de garantizar los costos de cierre progresivo, cierre final y poscierre.

Con ello, el Estado asegura que existan recursos disponibles para ejecutar un cierre responsable, incluso en escenarios de crisis financiera de la empresa. Este blindaje busca evitar casos como el de mina Quiruvilca (2018), donde los costos reales de cierre superaron en diez veces el monto de la garantía ejecutada.

Planes de cierre con enfoque integral

El nuevo reglamento exige que los planes de cierre de minas se presenten a nivel de factibilidad, lo que eleva su rigor técnico. Entre las novedades se incluyen:

  • Objetivos ampliados que contemplan la estabilidad geoquímica e hidrológica.
  • Acciones específicas de remediación, recuperación y restauración ambiental.
  • Cronogramas físicos y financieros detallados, sujetos a supervisión conjunta entre Minem y Minam.

Además, se refuerza el rol de los gobiernos regionales, quienes participarán en la suscripción de compromisos de cierre. Este cambio fortalece la articulación territorial y busca generar mayor legitimidad en las zonas de influencia.

Reportes semestrales más transparentes

Los informes de avance también se transforman en instrumentos más completos y exigentes:

  • Deberán presentarse dos veces al año (junio y diciembre).
  • Incluirán avances de ingeniería de detalle, ejecución presupuestal y monitoreo de estructuras críticas.
  • Cualquier desviación respecto al plan aprobado requerirá una modificación formal.

De esta manera, se promueve una cultura de monitoreo constante y trazabilidad financiera, lo que no solo fortalece la supervisión estatal, sino que también genera mayor confianza en inversionistas, comunidades y la opinión pública.

Reducción de pasivos y confianza en la inversión

El DS 006-2025-EM responde a una realidad crítica: según el Ministerio de Energía y Minas, el Perú cuenta con más de 8,400 pasivos ambientales mineros. Muchos de ellos corresponden a proyectos cerrados sin un plan técnico ni garantías suficientes.

Al exigir planes más completos, garantías financieras adecuadas y reportes auditables, el nuevo marco busca reducir el riesgo de que futuras operaciones dejen herencias ambientales sin resolver. Esto no solo protege a las comunidades, sino que también brinda seguridad jurídica y reputacional a las compañías que cumplen.

En un contexto en el que la minería enfrenta crecientes exigencias ESG (ambientales, sociales y de gobernanza), estas modificaciones fortalecen la imagen del Perú como un país que apuesta por una minería responsable y de largo plazo.



Una señal positiva para los inversionistas

Si bien las nuevas reglas implican mayores exigencias financieras y de gestión, también ofrecen un marco más claro y alineado con estándares internacionales, lo que incrementa la predictibilidad regulatoria.

Para los inversionistas, este escenario significa:

  1. Menor riesgo de pasivos ambientales que comprometan la rentabilidad futura.
  2. Mayor transparencia en la gestión financiera de los cierres.
  3. Un sector con mejores prácticas que puede acceder a financiamiento verde y a fondos internacionales que priorizan inversiones sostenibles.

En suma, el DS 006-2025-EM fortalece la licencia social y ambiental de la minería peruana, un factor determinante para mantener la competitividad frente a otros países de la región.



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