ECONOMÍA. Minam delega facultades a Viceministerios de Gestión Ambiental y de Desarrollo Estratégico. El Ministerio del Ambiente delegó en los Viceministerios de Gestión Ambiental y de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales diversas funciones para el Año Fiscal 2016, según dispone una Resolución Ministerial publicada en el Diario Oficial El Peruano.
De acuerdo a dicha norma, el viceministro de Gestión Ambiental está facultada para suscribir, en el marco de sus respectivas competencias, previa aprobación del Despacho Ministerial, Convenios de Cooperación Interinstitucional, Acuerdos, Memorandos o Cartas de Entendimiento u otros instrumentos de naturaleza análoga, incluidas sus adendas, celebrados con otra entidad nacional pública o privada, o entre el Ministerio del Ambiente y organismos
internacionales.
También puede aprobar, previa presentación al Despacho Ministerial, los estudios definitivos y demás documentos requeridos en la fase de inversión diferente a la ejecución de obras, según corresponda la ejecución de sus proyectos de inversión pública.
Suscribir los Términos de Referencia del servicio y autorizar las contrataciones con cargo al Fondo de Apoyo Gerencial, que se requieran en su Despacho y en sus respectivos Órganos de Línea dependientes del mismo, es otra de sus funciones asignadas.
Finalmente, puede efectuar las transferencias de funciones y recursos sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales y dar cuenta de su ejecución, pudiendo para tal efecto, suscribir las Actas de Entrega y Recepción, los Convenios de Gestión, así como los Convenios Marco Intergubernamentales en el marco del proceso de descentralización.
Por su parte, se delega al Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales las funciones de suscripción, en el marco de sus respectivas competencias, previa aprobación del Despacho Ministerial, Convenios de Cooperación Interinstitucional, Acuerdos, Memorandos o Cartas de Entendimiento u otros instrumentos de naturaleza análoga, incluidas sus adendas, celebrados con otra entidad nacional pública o privada, o entre el Ministerio del Ambiente y organismos internacionales.
Del mismo modo, aprobar, previa presentación al Despacho Ministerial, los estudios definitivos y demás documentos requeridos en la fase de inversión diferente a la ejecución de obras, según corresponda la ejecución de sus proyectos de inversión pública.
También puede suscribir los Términos de Referencia del servicio y autorizar las contrataciones con cargo al Fondo de Apoyo Gerencial, que se requieran en su Despacho y en sus respectivos Órganos de Línea dependientes del mismo.
La norma lleva la firma de la ministra del Ambiente, Elsa Galarza Contreras.