ENERGÍA. Consorcio Transmantaro cambiará recorrido de línea de transmisión eléctrica entre Apurímac y Cusco. El Ministerio de Energía y Minas (MEM) aprobó la primera modificatoria al Contrato de Concesión Definitiva N° 475-2015, otorgado al Consorcio Transmantaro S.A., para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión en 220 KV Machupicchu – Abancay – Cotaruse.
De esta manera, a través de la Resolución Ministerial N° 045-2017/MEM, el consorcio operador podrá variar el recorrido de la línea de transmisión en el tramo comprendido entre las estructuras T219 a T303, debido a razones sociales que han dificultado las negociaciones de servidumbre eléctrica.
Para ser más precisos, la Línea de Transmisión en 220 kV comprende un total de doce distritos entre las provincias de Aymaraes y Apurímac, departamento de Apurímac; así también, recorre tres distritos entre las provincias de Anta, La Convención y Urubamba, departamento de Cusco.
Además, la resolución señala que para la obtención de la modificación al contrato, Consorcio Transmantaro cumplió con los requisitos establecidos en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM.
Cabe especificar que la Directora General de Electricidad deberá suscribir la Minuta de la Primera Modificación al Contrato de Concesión N° 475-2015. Igualmente, se incorpora el texto de la presente Resolución Ministerial en la Escritura Pública que da origen a la Primera Modificación al Contrato de Concesión.
Sobre la empresa
Consorcio Transmantaro S.A. (CTM) es la empresa concesionaria de la línea de transmisión Mantaro-Socabaya, responsable de unir el Sistema Interconectado Centro-Norte con el Sistema Interconectado Sur.
Actualmente, CTM trabaja en cinco proyectos para el sector público: la construcción de tres líneas de transmisión, Mantaro-Montalvo (500kV), Planicie-Industriales (220kV) y Friaspata-Mollepata (220kV); y dos subestaciones, Orcotuna (220/60kV) y Carapongo (500/220kV).
(Foto referencial)
(JPC)