Mediante la Resolución, Osinerming sustituyó el procedimiento anterior aprobado en 2005, el cual había quedado desactualizado frente a las nuevas exigencias técnicas y normativas. Lee los detalles.
El Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin) aprobó un nuevo procedimiento para la fiscalización de las fajas de servidumbre de líneas de transmisión eléctrica, con el objetivo de minimizar riesgos eléctricos y garantizar la seguridad pública en torno a estas infraestructuras.
Mediante la Resolución de Consejo Directivo N.° 128-2025-OS/CD, publicada en el diario oficial El Peruano, se sustituye el procedimiento anterior aprobado en 2005 (Resolución N.° 264-2005-OS/CD y sus modificatorias), el cual había quedado desactualizado frente a las nuevas exigencias técnicas y normativas.
Principales objetivos del nuevo procedimiento
- Actualizar indicadores y tolerancias para la supervisión de deficiencias.
- Fortalecer los mecanismos de saneamiento de los llamados “vanos deficientes” (tramos entre estructuras de soporte donde se detectan edificaciones o construcciones que incumplen las normas de seguridad).
- Incrementar la responsabilidad de los titulares de líneas de transmisión para corregir deficiencias en sus instalaciones.
Obligaciones para los operadores
Los titulares de líneas de transmisión con contrato a plazo indefinido deberán reportar, con carácter de declaración jurada, la información completa sobre sus vanos y líneas, de manera bimestral, semestral o anual, según corresponda, a través de la extranet de Osinergmin.
También deberán remitir archivos georreferenciados (como KMZ o Shapefile), reportes de saneamiento, copias de resoluciones ministeriales de concesión o servidumbre, y pólizas de seguro contra accidentes a terceros.
Nuevo indicador de gestión
El procedimiento establece un indicador denominado NVS (Número de Vanos Saneados), que permite medir cuántos vanos han sido corregidos en un período anual. Se especifica una tabla de tolerancia mínima de saneamiento según la cantidad de vanos deficientes detectados por Osinergmin.
Sanciones por incumplimiento
Las empresas titulares serán sancionadas si no presentan la información solicitada en los plazos establecidos, si remiten datos incompletos o inexactos, o si no alcanzan los niveles mínimos de saneamiento requeridos. Las sanciones se aplicarán conforme a la escala vigente de Osinergmin.
Excepcionalidad para 2025
Debido a la reciente aprobación del nuevo reglamento, el reporte obligatorio para este año se iniciará el 1 de septiembre de 2025. A partir de 2026, los titulares deberán cumplir con todos los plazos y obligaciones establecidos en el procedimiento, incluyendo el reporte anual del NVS.