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Aplican silencio administrativo positivo para 19 procedimientos mineros

Anunciado antes por el Gobierno, ayer el Ministerio de Energía y Minas (Minem) publicó el nuevo Reglamento de Procedimientos Mineros, tras aprobarlo por decreto supremo. Este nuevo reglamento, según Pablo de la Flor, director ejecutivo de la Sociedad Nacional de Minería, Petróleo y Energía (SNMPE), incorpora el silencio administrativo positivo, comprendido en 19 procesos o evaluaciones.

Esto se da en el caso de la solicitud para el cambio de sustancia no metálica a metálica, con 30 días hábiles para responder, a excepción de un proceso para el cambio en reversa, a sustancia no metálica, que estará sujeto al silencio administrativo negativo.

Se aplicará el silencio positivo para la acumulación de concesiones mineras colindantes o superpuestas de un mismo titular y sustancia, o la división de derechos mineros en cuadrículas de 100 hectáreas o más. Ambos tienen un plazo de 37 días hábiles y la respuesta está a cargo del Ingemmet o el gobierno regional competente.

De igual forma, la Dirección General de Minería evaluará, sujeto a silencio positivo, la autorización para el funcionamiento de concesión de beneficio y su modificación cuando no hay ampliación de área.

En su pedido de voto de confianza, el expremier Pedro Cateriano indicó que se busca actualizar el reglamento de 1992, para “ordernar los procesos y brindar predictibilidad en requisitos y plazos”, para las inversiones en el sector.

Según Minem, las inversiones mineras cayeron 25% en el primer semestre. La meta de inversiones para este año es de US$ 4.800 millones y el sector apunta a 4 proyectos valorizados en US$ 3.700 millones.

*foto referencial

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