Una de las principales herramientas contempladas en la norma es el Sistema Interoperable de la Pequeña Minería y Minería Artesanal (SIPMMA).
El Poder Ejecutivo aprobó hoy el reglamento de la Ley N.° 32213, que establece la rectoría y amplía el plazo del proceso de formalización minera integral en la pequeña minería y minería artesanal. La aprobación se dio mediante el Decreto Supremo N.° 009-2025-EM, publicado en el diario oficial El Peruano.
Este reglamento, compuesto por tres capítulos, 12 artículos, seis disposiciones complementarias finales, tres transitorias y tres modificatorias, establece que el Ministerio de Energía y Minas (Minem) ejercerá la rectoría de dicha actividad sin superposición con otras entidades del Estado.
En el dispositivo legal, el gobierno de Dina Boluarte incorpora una disposición complementaria, a través de la cual, permite que el Reinfo sea traslado por herencia.
“Se puede solicitar la modificación de la titularidad de la inscripción del Registro Integral de Formalización Minera (REINFO) por sucesión, cuando fallece el minero informal titular de la inscripción. La sucesión debe encontrarse inscrita en los registros públicos”, se lee en el reglamento emitido por el Ejecutivo.
También remarca que, si existe más de un heredero, “la solicitud debe ser presentada por una persona jurídica conformada únicamente” por estos, a fin “de determinar un único responsable de los impactos generados por el desarrollo de la actividad minera y culmine el proceso de formalización minera integral”.
Creación del SIPMMA
Una de las principales herramientas contempladas en la norma es el Sistema Interoperable de la Pequeña Minería y Minería Artesanal (SIPMMA), que permitirá supervisar la trazabilidad operativa de minerales, explosivos, insumos químicos y productos fiscalizados. Este sistema busca ser una plataforma conectada con las entidades del Estado para facilitar la identificación de incumplimientos y asegurar una formalización efectiva.
El SIPMMA será administrado por la Dirección General de Formalización Minera del Minem, que además elaborará las directivas necesarias para su funcionamiento, interconexión con otras bases de datos y cumplimiento del marco legal vigente. El acceso a este sistema estará segmentado: las autoridades tendrán acceso total, los titulares mineros podrán consultar sus datos y expedientes, y el público podrá acceder a información estadística.
En cuanto a los trámites administrativos, la norma establece que estos serán gestionados por el Minem, aunque se permitirá que gobiernos regionales, mediante convenios específicos, colaboren en funciones relacionadas al proceso de formalización, previa evaluación de planes de trabajo y habilitación presupuestal.
Asimismo, se implementará el Sistema de Ventanilla Única, que busca agilizar los procedimientos del proceso de formalización, desde el registro hasta la autorización para operar.
Finalmente, el Minem publicará en su sede digital la relación de personas que hayan culminado con éxito el proceso de formalización minera integral, indicando el nombre del titular autorizado, el número de resolución correspondiente y los beneficiarios autorizados.