El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó los índices de distribución de la regalía minera correspondientes a mayo de 2020, a ser aplicados a los gobiernos locales, gobiernos regionales y universidades nacionales beneficiadas.
Así lo determinó a través de la Resolución Ministerial Nº 180-2020-EF/50 publicada hoy en el diario oficial El Peruano.
Los índices de distribución de la regalía minera correspondientes a mayo de 2020 consideran la información remitida por el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) y la Dirección General de Educación Superior Universitaria del Ministerio de Educación.
Los porcentajes y criterios de distribución están establecidos en el artículo 8 de la Ley Nº 28258, Ley de Regalía Minera, y el artículo 13 de su reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 157-2004-EF.
En el anexo de la presente resolución ministerial en el que se detallan los índices de distribución de la regalía minera correspondientes a mayo de 2020, se publican en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (https://www.gob.pe/mef).
La Regalía Minera es la contraprestación económica que los sujetos de la actividad minera pagan al Estado por la explotación de los recursos minerales metálicos y no metálicos.
El Ministerio de Economía y Finanzas distribuye mensualmente los recursos recaudados por concepto de Regalía Minera en el plazo máximo de treinta (30) días calendario después del último día de pago de la Regalía Minera.
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