El ministro de Energía y Minas, Jorge Montero, negó que el Decreto Supremo N.° 009-2025-EM haya establecido un régimen hereditario para el Registro Integral de Formalización Minera (REINFO). Aclaró que la norma únicamente reconoce el derecho de los sucesores de los REINFOS vigentes a continuar el proceso en caso de fallecimiento del titular.
“No se ha establecido ningún REINFO hereditario. Lo que estamos normando en el decreto es el derecho de los REINFO vigentes para que continúen su proceso de formalización minera hasta que culmine”, explicó Montero. Según el titular del MINEM, la disposición no implica la perpetuidad del registro ni una nueva figura jurídica hereditaria.
El ministro detalló que, en caso de fallecimiento de un minero que se está formalizando, su sucesión puede continuar el trámite ya iniciado, bajo el marco de la Ley N.° 32213, que fija como fecha límite el 30 de junio, con una posible ampliación de seis meses por única vez. “Aquí no hay REINFO hereditario ni perpetuidad. Nos atenemos a lo que nos indican los legisladores”, precisó.
Enfatizó también que esta disposición no beneficia a la minería ilegal: “Esto no tiene nada que ver con los mineros ilegales. Ellos no tienen REINFO ni están en proceso de formalización”.
Actualmente existen 17 mil titulares con REINFO vigente. En caso alguno de ellos fallezca, sus herederos podrán culminar el proceso de formalización, siempre dentro del plazo que establece la ley.