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OEFA: “Indecopi debe suspender su procedimiento administrativo y esperar el fallo de la Corte Suprema”

Por: Bryan Quinde

FISCALIZACIÓN. En el marco de una serie de denuncias y procesos judiciales abiertos en contra del OEFA, este organismo se pronunció evidenciando que los procesos administrativos presentados ante Indecopi, en caso sean resueltos a favor de las empresas mineras y exista un fallo contradictorio emitido por la Corte Suprema, prevalecerá este último por el principio de supremacía de los fallos jurisdiccionales.

“Ello ha sido ratificado por el Indecopi el 14 de octubre de 2014 cuando señalo que su fallo no afectaba el principio de supremacía de los fallos judiciales sobre los pronunciamientos administrativos”, explicó Hugo Gómez, presidente del Consejo Directivo del OEFA, y agregó que de acuerdo a la ley 30282, de equilibrio financiero de este año señala que el OEFA es acreedor tributario del aporte por regulación.

Asimismo, el titular del Ministerio del Ambiente (MINAM), Manuel Pulgar Vidal, sostuvo que el Aporte por Regulación (APR) percibido por el OEFA es totalmente constitucional, legal e idóneo para la supervisión de las compañías mineras, al derivar de un decreto supremo y de cuatro leyes consecutivas.

“No solo ha sido una decisión del Poder Ejecutivo, sino que, además, ha sido confirmada por cuatro leyes emitidas por el Congreso de la República. No hay mecanismo más objetivo que el APR, que debe ser pagado por las propias empresas ya que forma parte de sus gastos internos al generar impactos en el país, por lo que no se puede usar el tesoro público para solventar dichos gastos”, expuso.

En esa línea, Delia Morales, directora de supervisión del OEFA, indicó que para el presente año se tienen programadas 730 supervisiones, cinco planes integrales de evaluación ambiental, ocho monitoreos participativos y 32 espacios de diálogo, que en caso no se realicen, el OEFA dejaría de percibir un total de S/. 130 millones.

“El esquema de arancel no garantiza una intervención inopinada, ya que se programa con las compañías mineras las supervisiones, al tener un esquema de reembolso. En cambio hoy en día se pueden realizar intervenciones sin previo aviso para verificar como operan ordinariamente”, informó Delia Morales.

En otro punto, el ministro Manuel Pulgar-Vidal manifestó que hay un proyecto de ley que se encuentra detenido en el Congreso, y que ha sido elaborado conjuntamente por el OEFA y el Ministerio del Ambiente.

“El proyecto plantea que sea el OEFA que se encargue de supervisar actividad de minería a pequeña escala y que lamentablemente, de acuerdo un reporte del OEFA, los Gobiernos Regionales solo cumplen en un 2% de las supervisiones”, puntualizó.

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