El sector minero en el Perú enfrenta una regulación compleja, con más de 230 procedimientos administrativos (PA) y 30 actores involucrados (29 entidades públicas y una entidad privada), según datos de la SNMPE (2023). Esta estructura burocrática ha generado demoras significativas, ya que las aprobaciones y permisos pueden tardar hasta tres veces más que lo estipulado por ley. De acuerdo con la Sociedad Nacional de Minería, Petróleo y Energía (SNMPE), un retraso de cuatro años en la ejecución de un proyecto minero puede implicar pérdidas superiores a S/12.000 millones en el PBI, además de S/2.066 millones en recaudación tributaria.
Frente a este escenario crítico, el Informe de Competitividad 2024 – 2025 del Consejo Privado de Competitividad, desde el Ejecutivo se ha dado pasos firmes durante 2024 para simplificar y dinamizar la tramitología ambiental minera, mediante la aprobación de reformas normativas orientadas a reducir los tiempos de evaluación, establecer reglas claras y mejorar la coordinación entre entidades.
Uno de los avances más importantes es la aprobación del nuevo Procedimiento Único del Proceso de Certificación Ambiental (PUPCA), mediante el Decreto Supremo 013-2024-MINAM. Este establece, por primera vez, plazos máximos y obligatorios para la evaluación de estudios ambientales por parte del Senace, lo cual marca un punto de inflexión en la gestión regulatoria. Entre los cambios destacados:
- Plazo máximo de 10 días hábiles para verificar la solicitud del EIA-d.
- Reducción de 10 a 2 días hábiles para la subsanación de observaciones.
- Plazo de 2 días hábiles para la admisión del expediente tras la subsanación.
- Límite de 120 días hábiles para aprobar los EIA-d y MEIA-d.
- Límite de 30 días hábiles para aprobar los ITS.
Además, se incorporaron medidas para optimizar la coordinación interinstitucional. Senace y las entidades opinantes deberán evitar duplicidades, limitándose a sus competencias. También deberán informar al titular del proyecto sobre las observaciones técnicas detectadas y, en caso de retrasos por parte de una entidad vinculante, Senace podrá remitir observaciones preliminares para no paralizar el proceso.
Estas disposiciones se suman a otras reformas contenidas en los Decretos Supremos 001 y 005-2024-MINAM, que han unificado etapas del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), eliminado la preclasificación del EIA y promovido el uso más eficiente de instrumentos como la Ficha Técnica Ambiental (FTA).
Con estas iniciativas, el Ministerio del Ambiente (Minam) y el Ejecutivo buscan agilizar la ejecución de proyectos mineros sostenibles, recuperar la confianza de los inversionistas y reducir las pérdidas económicas derivadas de la tramitología excesiva.