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Confiep rechaza intromisión del Ejecutivo en la Derrama Magisterial

El gremio empresarial reafirmó que el Gobierno no tiene potestad para legislar con intromisión directa sobre la autonomía de una entidad privada.

La Confiep y sus gremios asociados de la pequeña, mediana y gran empresa rechazan la intromisión del Gobierno central en la autonomía y derecho privado de la Derrama Magisterial.

Ello mediante la publicación del Decreto Supremo N° 009-2022-MINEDU, que modifica diversos artículos del Estatuto de la Derrama Magisterial.

La Confiep recordó que la Derrama Magisterial es una persona jurídica de derecho privado, con autonomía administrativa y económico–financiera.

“La Derrama Magisterial pertenece a los maestros que trabajan en las instituciones educativas del Estado”, indicó en su comunicado.

Respeto a la persona jurídica

Por otro lado, la Confiep enfatizó que el Gobierno no tiene potestad para legislar con intromisión directa sobre la autonomía de una entidad privada.

Tampoco puede modificar el estatuto de una persona jurídica de derecho privado.

“Esto conlleva a una vulneración de los derechos fundamentales y constituye una grave contravención a la Constitución Política del Perú, y un gravísimo precedente para el sector privado en su conjunto”, puntualizó.

Frente a ello, la Confiep hizo un llamado al Poder Ejecutivo para derogar dicho Decreto Supremo en aras de preservar la autonomía de la Derrama Magisterial.

También de preservar la administración de los fondos de los maestros del Perú.

“Invocamos a respetar la propiedad privada y no ejecutar medidas que sólo alimentan la inseguridad y desconfianza en el país”, manifestó la Confiep.



Más puntos

También sostuvo que el Ministerio de Educación (Minedu) participa en la aprobación de las modificaciones que se realizan en el estatuto de la Derrama Magisterial.

Además de dictar medidas complementarias para su cumplimiento, se requiere la previa decisión del órgano de gobierno de la Derrama Magisterial.

Así como del cumplimento de sus disposiciones estatutarias, “lo que no se ha llevado a cabo para la emisión del D.S. N° 009-2022-MINEDU”, argumentó.

De igual manera, el gremio empresarial señaló que toda medida complementaria que dicte el Minedu sobre la Derrama Magisterial debe ser congruente a los fines administrativos, financieros y económicos que persigue la institución.

“Su rol es brindar seguridad social y previsional a los maestros del país. Dicha labor es supervisada por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, de acuerdo a Ley N° 2656”, explicó.

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