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Contratos petroleros no podrán exceder los 60 años, según Guevara Dodds

HIDROCARBUROS. El viceministro de Hidrocarburos, Guevara Dodds, comentó que el plazo de concesión de los lotes de hidrocarburos tendrán una vigencia máxima de 60 años y no de 80 años, desmintiendo las controversias de la Ley Orgánica de Hidrocarburos (LOH), proyecto a ser debatido en el Congreso.

“Considerando el plazo de 40 años —que incluye 10 años de exploración, un eventual periodo de retención de hasta 10 años y 10 años de exploración adicional— y los 20 años de prórroga, el plazo máximo de los contratos será de 60 años”, explicó.

Asimismo, Guevara Dodds indicó que la prórroga de los contratos de licencia será factible si estos comprometen inversiones adicionales; además, deberán cumplir las obligaciones ambientales y de seguridad, previo informe de la OEFA y de Osinergmin.

“No hay prórroga automática [de los contratos de licencia de exploración y explotación de hidrocarburos]”, enfatizó.

Reducción de regalías

Respecto a las regalías, Guevara Dodds precisó que es incorrecto afirmar que se reducirán todas las regalías vigentes a 5%, pues el proyecto de LOH establece la negociación de un porcentaje, considerando factores como la producción y el tipo de yacimiento.

“Cabe precisar que la modificación de las regalías solo se dará con la aprobación del Ministerio de Energía y Minas y del Ministerio de Economía. De esta manera, se dará viabilidad a la mayor producción de hidrocarburos y se atraerán inversiones que actualmente van a otros países”, comentó.

En 2017 el sector hidrocarburos pagó regalías ascendentes a 792 millones de dólares, cifra mayor en 26.3% frente a los 627.3 millones de dólares que abonaron por regalías las compañías petroleras en 2016.

Remediación de pasivos

La propuesta de LOH contempla la creación de un Fondo para la financiación de actividades de remediación de pasivos ambientales para aquellos casos que deban ser asumidos por el Estado.

El viceministro de Hidrocarburos también aclaró que la LOH no afecta los derechos de las comunidades nativas, porque reconoce la realización de la Consulta Previa cuando se requiera conforme al marco legal vigente.

(JPC)
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