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Poder Ejecutivo plantea prórroga de la Ley de Beneficios Tributarios hasta 2025

Norma además descartaría límite al monto máximo total de deducciones en el Impuesto a la Renta por invertir en innovación, a fin de propiciar la participación de más empresas.

Con la meta de incentivar la inversión privada en I+D+i, el Poder Ejecutivo presentó al Congreso la semana pasada una iniciativa legal, en el marco del Plan Impulso Perú, para extender la vigencia de la Ley 30309, Ley de Beneficios Tributarios, promulgada en 2016 y que dispone una deducción tributaria adicional para los contribuyentes que realicen inversiones en I+D+i.

Para fines tributarios, la ley reconoce el gasto efectuado en estas actividades —proyectos de investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación tecnológica, calificados y autorizados por el Concytec— y, además, una deducción adicional equivalente a un porcentaje del gasto en innovación, que puede ser del 50, 75 o hasta 115%

De esta manera, el proyecto de ley N° 03156/2022-PE prorroga y mejora la norma (Ley que promueve la Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico e Innovación Tecnológica) para hacerla más atractiva a las empresas, sobre todo a las pymes, que invirtiendo en nuevas tecnologías mejorarán su competitividad y productividad.

En tal sentido, la ley, según la propuesta, se ampliaría hasta el 31 de diciembre del 2025, considerando que la norma vence a fines del presente año. El Ejecutivo sustentó su propuesta en la necesidad de impulsar la continuidad de la ley, aumentando su aplicación y, de esta forma, la inversión nacional en I+D, que asciende en la actualidad al 0,17% del PBI (mientras que el promedio en la región es de 0,7% y en el mundo, de 2,63%).

La norma modificada propone que las empresas contribuyentes con ingresos netos que no superen 2 300 UIT pueden acceder a las siguientes deducciones:
• Si son empresas domiciliadas en el país la deducción adicional para efecto de la determinación del IR se amplíe de 115% (vigente actualmente) a 140%
• Si son empresas no domiciliadas la deducción adicional para efecto de la determinación del IR se ampliaría de 75% a 90%.

Para el caso de empresas con ingresos mayores a 2 300 UIT las deducciones serían de:
• Si son empresas domiciliadas en país la deducción adicional para efecto de la determinación del IR se incremente de 75% (vigente actualmente) a 90%,
• Si son empresas no domiciliadas la deducción adicional para efecto de la determinación del IR se ampliaría de 50% a 60%.

Finalmente, se propone dar de baja al límite establecido sobre el monto máximo total que las empresas pueden deducir por cada proyecto (49 300 UIT) y que los proyectos aprobados dentro del plazo de vigencia de la norma (diciembre 2025) puedan aplicar la deducción adicional hasta el 31 de diciembre de 2027.

En el marco de esta ley, desde 2016 hasta octubre de 2021 fueron aprobados 101 proyectos, por más de S/ 174 millones en inversión en I+D+i. Las deducciones adicionales alcanzaron los S/. 50,4 millones entre 2016 y 2020, según SUNAT.

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