Entidades pĆŗblicas podrĆ”n adquirir o reemplazar estos equipos que contribuyen con el ahorro de energĆa.
En el marco de la Ley de PromociĆ³n del Uso Eficiente de la EnergĆa, el Ministerio de EnergĆa y Minas (MINEM), aprobĆ³ nueve Fichas de HomologaciĆ³n para paneles LED que permitirĆ” a las entidades pĆŗblicas reemplazar o adquirir equipos que muestren altos estĆ”ndares de calidad y eficiencia energĆ©tica.
La DirecciĆ³n General de Eficiencia EnergĆ©tica (DGEE) indicĆ³ que, la aprobaciĆ³n de estas Fichas de HomologaciĆ³n, tambiĆ©n toma en cuenta aspectos de ecodiseƱo, y no deja de lado la seguridad del equipo, de la instalaciĆ³n y del usuario, coadyuvando al ahorro de energĆa, ahorro econĆ³mico, la reducciĆ³n en las emisiones CO2 al ambiente y los demĆ”s beneficios que estos conllevan.
Las medidas para el uso eficiente de la energĆa en las entidades pĆŗblicas utilizando equipos energĆ©ticos mĆ”s eficientes existentes en el mercado, fueron aprobadas mediante Decreto Supremo NĀŗ004-2016-EM, previo procedimiento de homologaciĆ³n previsto en la Ley de Contrataciones del Estado.
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En esa lĆnea, se aprobĆ³ la Directiva NĀ°006-2020-PERĆ COMPRAS que establece disposiciones generales y especĆficas que regulan el proceso de homologaciĆ³n de requerimientos que realizan los Ministerios en el Ć”mbito de sus competencias priorizando aquellos que sean de contrataciĆ³n recurrente, de uso masivo por las entidades y aquellos identificados como estratĆ©gicos.
Cabe precisar que, a la fecha el MINEM cuenta con 93 Fichas de HomologaciĆ³n aprobadas. Entre ellas, 55 Fichas de HomologaciĆ³n de fuentes de iluminaciĆ³n, ocho Fichas de HomologaciĆ³n de lavadoras de ropa, 15 Fichas de HomologaciĆ³n de motores elĆ©ctricos, cinco Fichas de HomologaciĆ³n de aire acondicionado y 10 Fichas de HomologaciĆ³n de aparatos de refrigeraciĆ³n; para el presente aƱo se prevĆ© adicionar cuatro Fichas de HomologaciĆ³n de tubos LED.
El dato
El artĆculo 17 de la Ley NĀ°30225, Ley de Contrataciones del Estado, modificada por Decreto Legislativo NĀ°1341, establece que las Entidades del Poder Ejecutivo que formulen polĆticas nacionales y/o sectoriales del Estado estĆ”n facultadas a uniformizar los requerimientos en el Ć”mbito de sus competencias a travĆ©s de un proceso de homologaciĆ³n. Una vez aprobada la homologaciĆ³n deben ser utilizadas por Entidades que se rijan bajo la Ley, incluyendo a las contrataciones que no se encuentran bajo su Ć”mbito o que se sujeten a otro rĆ©gimen legal de contrataciĆ³n.
Para mayor informaciĆ³n sobre las nueve fichas de homologaciĆ³n dirigirse a esta direcciĆ³n.