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Conoce las pautas para elaborar un EIA-d en el sector minero

MINERÍA. El Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (Senace) informa que para proyectos mineros de explotación con Términos de Referencia Comunes, las pautas a realizar por el titular para la elaboración de un Estudio de Impacto Ambiental Detallado (EIA-d) en minería son las siguientes:

1) Ingresar a la Plataforma Informática EVA y en el módulo “Clasificación y aprobación de Términos de Referencia” llenar la información solicitada e ingresar el Formulario 04, solicitud de Procedimiento Administrativo y de Notificación Electrónica, debidamente suscrito.

2) A través de la Plataforma Informática EVA, coordinar la presentación y la conformidad del Senace a la propuesta de mecanismos de participación ciudadana que se deben realizar antes de la elaboración del EIA-d (para mayor información preguntar por las “Pautas del contenido para la propuesta de mecanismos de participación ciudadana antes de la elaboración del EIA-d del sector Minería”). También se debe enviar el Resumen Ejecutivo para revisión y eventual conformidad.

3) Luego de haber efectuado los mecanismos previstos para la etapa previa a la elaboración del EIA-d, el titular debe comunicar mediante la Plataforma Informática EVA, el inicio de elaboración del EIA-d a fin de que se realicen las coordinaciones pertinentes para el acompañamiento al levantamiento de información de la línea base.

4) La comunicación de inicio de elaboración del EIA-d debe incluir la fecha de inicio, la consultora ambiental contratada y la acreditación de la ejecución de los mecanismos de participación previstos para la etapa previa a la elaboración del EIA-d. Así también se recomienda presentar el plan de trabajo para la elaboración del EIA-d.

5) Luego que el Senace atienda la comunicación de inicio de elaboración del EIA-d, y una vez otorgada la conformidad de la ejecución de los mecanismos de participación antes de la elaboración, el titular debe presentar mediante la Plataforma Informática EVA un plan de trabajo de acuerdo al formato que ha determinado la DEAR del Senace a efectos de viabilizar el acompañamiento de la línea base.

Como parte de dicho plan de trabajo y de acuerdo a la naturaleza del proyecto, y antes de iniciar las actividades de campo, se recomienda, al titular, presentar copias simples de las siguientes autorizaciones:

  • Autorización para realizar evaluación de recursos naturales y medio ambiental en Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SINANPE) por el periodo de hasta un (1) año, en el marco del instrumento de gestión ambiental.
  • Autorización para realizar estudios del patrimonio en el marco del instrumento de gestión ambiental emitida por el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (Serfor).
  • Autorización para ejecutar investigación pesquera con o sin extracción de muestras de especímenes hidrobiológicos sin valor comercial emitida por el Ministerio de la Producción (Produce).

Información útil

El Senace informa que, estas pautas no aplican en caso de proyectos mineros que requieran Términos de Referencia Específicos, para lo cual se seguirá el procedimiento administrativo específico mediante la Plataforma Informática EVA, previa coordinación con la Dirección de Evaluación Ambiental para Proyectos de Recursos Naturales y Productivos (DEAR) del Senace.
Se recomienda solicitar reuniones previas de coordinacion con el Senace para recibir orientación sobre los procedimientos que se ejecutan en esta etapa.

Cuando el levantamiento de la línea base del estudio ambiental propuesta prevea la extracción o colecta de recursos forestales y de fauna silvestre o recursos hidrobiológicos, el titular debe obtener, de manera independiente y con la debida anticipación, las autorizaciones de investigación ante el Sernanp, Serfor y Produce, según corresponda.

Se recomienda solicitar reuniones previas de coordinacion con el Senace para recibir orientación sobre los trámites relacionados a estas autorizaciones de investigación.

El Senace podrá realizar el acompañamiento de la línea base siempre que el titular cuente con las correspondientes autorizaciones de investigación requeridas por las normas vigentes.

Ve la publicación del Senace aquí.

*foto referencial

(BQO)

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