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Rodrigo Flores Benavides: “La devolución del IGV a mineras es una medida positiva”

Para el socio tributario de Hernández & CÍA., el plazo de prórroga debería ser de 3 años como señala la norma; y luego podría ampliarse.

En Rumbo Minero TV, Rodrigo Flores Benavides, abogado y socio tributario de Hernández & CÍA. evaluó la prórroga del derecho a la devolución del IGV durante la exploración minera y de hidrocarburos.

Así, para Flores Benavides, la medida es positiva y reafirma que las industrias mineras y de hidrocarburos son motores de crecimiento económico para el Perú.

“En el 2021, la minería y los hidrocarburos aportaron al tesoro público S/ 23,000 millones que representan un 20% de toda la recaudación del Perú”, comentó.

“Estamos diciendo que de cada S/ 5 que recauda el Estado, S/ 1 proviene de estas actividades extractivas; por lo tanto, es saludable, positivo y es muy bueno que se quiera prorrogar este beneficio”, reafirmó.



Plazo de 3 y no de 5 años

El abogado de Hernández & CÍA. señaló que si bien la ley plantea una prórroga de 5 años; la ley peruana sostiene que cualquier beneficio o incentivo tributario solo puede ser prorrogado por un máximo de 3 años

Frente a ello -y buscando evitar futuros contratiempos en los próximos años- Rodrigo Flores sugirió que lo más seguro sería prorrogar el beneficio de devolución del IGV solo por 3 años

“Esta prórroga es absolutamente positiva; pero para curarnos en salud, sería recomendable que sea solo por 3 años y en 2025 aplicar una extensión por otros 3 años y así sucesivamente”, indicó.

Labor del MINEM

Por otro lado, el socio tributario de Hernández & CÍA. explicó que, de acuerdo con la norma, el Ministerio de Energía y Minas (MINEM) tiene 30 días hábiles para determinar si las empresas mineras deben recibir la devolución del IGV tras la presentación de sus facturas.

Cabe recordar que solo se tiene derecho de devolución por las compras o inversiones destinadas a la tarea de exploración minera y no a otras compras.

Sin embargo, expuso que a veces ese plazo no se cumple e incluso supera los 90 días hábiles que tiene la Sunat para efectuar la devolución del IGV a las empresas.

“Se genera un problema que debe resolverse porque en síntesis el mensaje no puede ser que con una mano se devuelve el impuesto, pero con la otra te lo quito, por este defecto interno que creemos tiene margen de mejora”, concluyó Rodrigo Flores Benavides.

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