La Sala apoyĆ³ la resoluciĆ³n 821, con 79 votos a favor, 17 en contra y 25 abstenciones.
Por 79 votos a favor, 17 en contra y 25 abstenciones, la Sala respaldĆ³ la resoluciĆ³n 821, propuesta por la diputada Yovana Ahumada (IND). La iniciativa solicita que el Gobierno proponga una modificaciĆ³n al sistema de distribuciĆ³n de los recursos derivados de la Ley sobre royalty a la minerĆa.
En esta normativa existen diferentes mecanismos de reparto de los nuevos ingresos. Sin embargo, el texto se refiere, especĆficamente, a la utilizaciĆ³n del sistema de reparto del Fondo ComĆŗn Municipal.
AquĆ se explica que este fondo tiene como objetivo contribuir a la equidad territorial y financiera entre los municipios del paĆs. Para esto, transfiere recursos desde las comunas con mayores ingresos hacia las de menores.
AsĆ, este mecanismo pretende garantizar la provisiĆ³n de servicios bĆ”sicos y el desarrollo local en todo el territorio chileno. Con este objetivo, pondera los factores de ruralidad, pobreza y equidad de las comunas.
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Sin embargo, en la resoluciĆ³n se argumenta que estos factores no consideran lo que deben soportar las comunas donde existe actividad minera. Esto no refleja lo que deberĆa ser el espĆritu del royalty, que debiese ser la compensaciĆ³n a las zonas geogrĆ”ficas que sufren la explotaciĆ³n minera.
Por resta razĆ³n, la propuesta solicita la creaciĆ³n de un polinomio o algoritmo especĆfico para la distribuciĆ³n de los recursos del royalty minero. Se espera que este privilegie, proporcionalmente, a las comunas que sustentan actividades mineras, en directa proporciĆ³n a los volĆŗmenes de explotaciĆ³n que han debido soportar y a las respectivas externalidades negativas generadas por dichos procesos.
AdemĆ”s, requiere que se considere otras variables socioeconĆ³micas, como tasas de desempleo, nivel de ruralidad, niveles de analfabetismo, desarrollo de actividades econĆ³micas distintas de la minerĆa, acceso a sistema de alcantarillado y agua potable, niveles de dĆ©ficit de infraestructura vial, dĆ©ficit de viviendas, porcentaje de poblaciĆ³n vulnerable presente en el territorio, tasas de sobrecarga por poblaciĆ³n migrante, niveles de delincuencia, dĆ©ficit sanitarios, presencia de enfermedades asociadas a la explotaciĆ³n minera, entre otros.
Finalmente, establece que los aportes establecidos en la ley debiesen ser permanentes y no supeditados a un perĆodo acotado de tiempo. Esto, con el fin de permitir la proyecciĆ³n de inversiones de largo plazo para las zonas geogrĆ”ficas favorecidas con estos recursos adicionales.