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Pleno establece reglas en elección de miembros del JNE

La elección del miembro del Pleno del JNE a reemplazar se realizará con una anticipación no menor a seis meses antes del vencimiento de su mandato.

El Pleno del Congreso aprobó por 104 votos a favor, 2 en contra y 4 abstenciones el Proyecto de Ley N° 26304 para establecer reglas de transparencia e imparcialidad en la elección de los miembros del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) a cargo de las universidades públicas y privadas.

La presidencia de la Comisión de Constitución y Reglamento sustentó que el dictamen regula la elección de los representantes de las universidades en el máximo organismo electoral.

Así, se modificó el artículo 4 de la ley y se dispuso el proceso electoral para elegir a los miembros del Pleno del JNE.

Esto estará a cargo de los decanos de las facultades de derecho de las universidades públicas y privadas es organizado, y ejecutado por la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE).

Asimismo, se estableció que el proceso electoral se convocará con una anticipación no menor a los seis meses antes del vencimiento del mandato del miembro del Pleno del JNE a reemplazar.

Para ello, se realizará el acto eleccionario como mínimo un mes antes de la fecha de vencimiento con finalidad de garantizar que se elija oportunamente al miembro del JNE a ser reemplazado.

En ese sentido, los exdecanos titulares de las facultades de Derecho de las universidades públicas y privadas podrán presentar su candidatura.

Según los congresistas, esto busca fomentar la participación e incrementar la calidad de la ofertar electoral.

Más detalles

También se explicó que para ser elegido en primera vuelta se debe tener la mayoría absoluta de votos de los decanos existentes.

Mientras que en segunda votación se deberá tener la mayoría simple, siendo elegido a sus miembros suplentes quienes obtengan la segunda y tercera votación mayor respetivamente.

En caso de empate serán elegidos por sorteo con presencia del notario público.

De no presentarse candidatos o no habiendo sido elegido ninguno de los candidatos, se convocará a un nuevo proceso de elección en el término de 30 días a fin de garantizar la renovación del JNE.

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