El proyecto legislativo presentado por la segunda vicepresidenta del Parlamento, Digna Calle, será puesto en debate mañana martes 6 de septiembre.
Mañana martes 6 de setiembre, a las 9:30 am. en el Hemiciclo Raúl Porras Barrenechea, la Comisión de Constitución del Congreso de la República, presidido por el congresista Hernando Guerra García, debatirá el proyecto de ley de recorte de mandato y adelanto de elecciones.
El proyecto legislativo ha sido presentado dos veces en el Parlamento. El primero de ellos proviene de Susel Paredes, de la bancada de Integridad y Desarrollo, y fue propuesto el 3 de marzo de este 2022. Se trata de una ley de reforma constitucional que adelanta las elecciones generales para presidente, vicepresidente y congresistas, Ley Nº. 01918/2021-CR.
La tercera vicepresidenta, Digna Calle, también presentó una reforma constitucional que “recorta el mandato presidencial, congresal y del Parlamento Andino” y convoca a nuevas elecciones generales. La iniciativa legislativa fue propuesta el 28 de abril y no cuenta con parlamentarios adherentes hasta el momento.
La decisión de debatir los proyectos de ley en cuestión corresponde a lo anunciado por la lideresa de Fuerza Popular, Keiko Fujimori, quien hizo un llamado a considerar otras opciones, aparte de la vacancia, como un adelanto de comicios generales. Asimismo, aseguró que no volverá a postular a la presidencia de la República si se diera un adelanto de elecciones.
En los últimos meses, el carácter legal de esta medida ha sido arduamente cuestionada. Se ha abierto en el ámbito público un debate para definir si convocar a nuevas elecciones generales antes de haber terminado el mandato establecido por las normas legales de Perú representa una medida constitucional.
Debate
El portal Infobae consultó con especialistas en derecho sobre este hecho e indicaron que se trata de un procedimiento que sí se encuentra regulado en la Carta Magna.
Según el abogado constitucionalista Joel Campos, desde la Comisión de Constitución del Parlamento se ha evaluado debatir esta propuesta. De ser aprobado, esta iniciativa deberá ser discutida en el Pleno del Congreso, donde deberá alcanzar un total de al menos 87 votos en dos legislaturas consecutivas.
“Otra opción también contemplada en la Constitución es que ese dictamen se apruebe con una mayoría de 66 congresistas, pero que luego se convoque a un referéndum para que sea el pueblo el que determine si es que está a favor o no de esa propuesta. Los dos caminos son caminos constitucionales y están expresados en la Constitución, en el artículo 206″, explicó.
Asimismo, detalló que la medida podría ser empleada en estos momentos. No obstante, consideró que el escenario no muestra una gran voluntad política para aprobar este proyecto.
“Como se trata de una reforma a la Constitución, se tendría que contar con un apoyo importante dentro del Congreso, ya sea porque se va por el camino de las dos legislaturas y la votación calificada de dos tercios, o ya sea porque se tomará el camino de la votación con mayoría absoluta y luego referéndum. En ambos casos tiene que haber consenso”, recalcó.
A su turno, el profesor de Derecho Constitucional de la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas, Rafael Cantoni, advirtió que el uso continuo de esta figura, al igual que la vacancia presidencial, pueden afectar la institucionalidad el país.
“Si nos acostumbramos a emplear estas salidas, dejamos un pésimo antecedente de que nosotros rompemos las reglas, vamos contra la institucionalidads. Estamos normalizando el uso desproporcional de una figura como la vacancia o el adelanto de elecciones como regla general y esas no son reglas generales”, dijo.
“Los estamos usando como una regla general simplemente porque tenemos una situación de crisis política que no sabemos manejar”, remarcó.
Cantoni acotó que “como hay cuestionamientos sobre la vicepresidenta, también vamos a querer sacar a Dina Boluarte y finalmente nos empujamos nuevamente al abismo”.
“Hay una irresponsabilidad del Ejecutivo y Legislativo porque se exige una responsabilidad constitucional de ambos órganos de actuar de acuerdo a los canales institucionales que están previstos. Entonces, hay una obligación tanto del Poder Ejecutivo como del Legislativo de someterse a las normas que hemos establecido en la Constitución de 1993 y su sucesivas reformas. No podemos ir contra las reglas institucionales”, puntualizó.