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Luz del Sur recibe servidumbre para electroducto

Según el Minem, el centro de peritaje del consejo Departamental de Lima del CIP se encargó de fijar el monto de la servidumbre.

El Ministerio de Energía y Minas (Minem) decidió establecer el derecho de servidumbre para el electroducto de Luz del Sur.

Así se dejó constancia en la Resolución Ministerial N° 426-2022-MINEM/DM publicada en Normas Legales.

También se precisó que esta servidumbre para el electroducto corresponde a la concesión definitiva de distribución de energía eléctrica.

Específicamente se trata de la Línea de Transmisión en 220 kV S.E. Carapongo – S.E. San Miguel y la Línea de Transmisión en 60 kV S.E. San Miguel – S.E. Huachipa.

Igualmente se explicó que la línea de transmisión en 220 kV S.E. Carapongo – S.E. San Miguel, afecta a un total de siete predios.

De estos, uno es del Estado, representado por el Instituto Geofísico del Perú y con quien Luz del Sur ha suscrito un acuerdo; y seis predios son de propiedad privada.

Mientras que la línea de transmisión en 60 kV S.E. San Miguel – S.E. Huachipa afecta a 11 predios, tres del Estado y ocho predios de propiedad privada.



Puntos claves

De acuerdo con los antecedentes, en julio de 1994 se otorgó a Luz del Sur la concesión definitiva para desarrollar actividades de distribución de energía eléctrica en la zona Sur y Este de Lima.

Incluso, se precisó que dicha concesión comprende parte de las provincias de Cañete, Huarochirí y Lima, en la región de Lima.

El Minem aclaró que fue el centro de Peritaje “Guillermo Vaudenay Reyes” del Consejo Departamental de Lima del Colegio de Ingenieros del Perú remitió el Dictamen Pericial técnico que contiene la valuación realizada.



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