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RegiĆ³n Loreto recibiĆ³ S/ 20 millones por canon de hidrocarburos en enero 2024

Del total, S/ 4.5 millones correspondieron al Gobierno Regional, S/ 14.2 millones a los concejos municipales, S/ 511.2 mil para la Universidad Nacional de la AmazonĆ­a, S/ 511.2 mil para la Universidad Nacional AutĆ³noma Alto Amazonas y S/ 613.5 mil para el Instituto de InvestigaciĆ³n de la AmazonĆ­a Peruana.

La producciĆ³n de hidrocarburos (gas y petrĆ³leo) en Loreto, durante el enero de este aƱo, generĆ³ 20 millones de soles de canon y sobrecanon, que fueron transferidos para el desarrollo de obras de infraestructura en beneficios a sus poblaciones, informĆ³ PERUPETRO S.A.

De los 20 millones de soles de canon y sobrecanon reportados en enero de este aƱo; 4.5 millones de nuevos soles correspondieron al Gobierno Regional, 14.2 millones de soles a los concejos municipales, 511.2 mil soles para la Universidad Nacional de la AmazonĆ­a, 511.2 mil de soles para la Universidad Nacional AutĆ³noma Alto Amazonas y 613.5 mil para el Instituto de InvestigaciĆ³n de la AmazonĆ­a Peruana.

Al cierre del 2023, las transferencias de canon y sobrecanon por la producciĆ³n de hidrocarburos en Loreto ascendieron 178.7 millones de soles, monto que refleja la importante contribuciĆ³n del sector hidrocarburos a la economĆ­a del paĆ­s.



El canon es el aporte que reciben los gobiernos regionales, locales (municipalidades provinciales y distritales), universidades nacionales e institutos superiores pedagĆ³gicos y tecnolĆ³gicos estatales, del total de ingresos y rentas obtenidos por el Estado por la explotaciĆ³n econĆ³mica de los recursos hidrocarburĆ­feros en dichas zonas.

El canon de hidrocarburos es pagado por PERUPETRO en base a la producciĆ³n fiscalizada. Desde el aƱo 1993 a la fecha, el canon y sobrecanon transferido a Loreto por la producciĆ³n de hidrocarburos ascendiĆ³ a 5,445 millones de soles.

Uso del canon

De acuerdo a ley, los recursos del canon deben ser utilizados para el financiamiento o co financiamiento de proyectos y obras de infraestructura de impacto regional o local. AdemĆ”s, en inversiĆ³n productiva para el desarrollo sostenible de las comunidades donde se explota el recurso natural.

En el caso de las universidades e institutos, el canon debe ser de uso exclusivo para la inversiĆ³n en investigaciĆ³n cientĆ­fica y tecnolĆ³gica que potencia el desarrollo regional.

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