El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó los índices de distribución del canon minero proveniente del Impuesto a la Renta correspondiente al Ejercicio Fiscal 2019.
Así lo estableció a través de la Resolución Ministerial N° 270-2020-EF/50 publicada en la edición extraordinaria del boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano.
La norma precisa la aprobación de los Índices de Distribución del Canon Minero proveniente del Impuesto a la Renta correspondiente al Ejercicio Fiscal 2019, a ser aplicados a los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales beneficiados.
Los beneficiados se encuentran en el anexo de la presente Resolución Ministerial que se publica en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef).
La norma refiere que la Ley Nº 27506, Ley de Canon, determina los recursos naturales cuya explotación genera canon y regula su distribución en favor de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales de las zonas donde se exploten dichos recursos naturales.
Asimismo, el artículo 9 de la Ley Nº 27506, señala que el Canon Minero está constituido por el 50% (cincuenta por ciento) del total de los ingresos y rentas obtenidos por el Estado en la actividad minera, por el aprovechamiento de los recursos minerales, metálicos y no metálicos.
El numeral 5.2 del artículo 5 de la Ley Nº 27506, establece los porcentajes para la distribución del Canon Minero a los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales de acuerdo a los índices de distribución que fije el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) en base a criterios de población y necesidades básicas insatisfechas.
La norma lleva la rúbrica de la ministra de Economía y Finanzas, María Antonieta Alva Luperdi.
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