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MINEM conforma grupo de trabajo para explotación y exploración del litio

Se podrá convocar a los especialistas e instituciones necesarios para la consecución de sus fines, sin que ello genere gastos al Tesoro Público.

El Ministerio de Energía y Minas (MINEM) conforma un grupo de trabajo para proponer acciones y medidas de competencia del sector, orientadas a la reglamentación de la Ley N° 31283, que declara de necesidad pública, interés nacional y recurso estratégico la exploración, explotación e
industrialización del litio y sus derivados.

El grupo de trabajo – que es de naturaleza temporal – puede solicitar la colaboración, asesoramiento, apoyo, opinión y aporte técnico de representantes de diferentes entidades públicas y/o privadas del ámbito nacional. Así, podrá convocar a los especialistas e instituciones necesarios para la consecución de sus fines, sin que ello genere gastos al Tesoro Público.

Se instalará en un plazo no mayor de cinco días hábiles, contados desde el día siguiente de la publicación de la Resolución Ministerial Nº 317-2022, publicada hoy jueves 25 de agosto en el diario El Peruano.



Tendrá una vigencia de 30 días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial. Pero el plazo de vigencia podrá ampliarse por acuerdo de las partes.

Funciones y miembros del Grupo de Trabajo

Entre las funciones del grupo de trabajo están el identificar y proponer acciones y medidas de competencia del Sector Energía y Minas, orientadas a la reglamentación de la Ley N° 31283; el proponer un plan de trabajo que determine acciones orientadas a la investigación científica y tecnológica de Litio; el proponer acciones y medidas que coadyuven al cumplimiento del objeto del Grupo de Trabajo.

Asimismo, desarrollar otras funciones orientadas a sostener y fortalecer el cumplimiento de los acuerdos del Grupo de Trabajo; y elaborar el documento final por parte de la Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo, que recoja las propuestas, acciones, medidas o planes.

Por otro lado, el Grupo de Trabajo estaría integrado por los siguientes miembros:

  • Un representante del Despacho Ministerial, quien lo preside.
  • Un representante del Despacho Viceministerial de Minas, quien ejerce las veces de Secretaría Técnica.
  • Un representante de la Dirección General de Minería
  • Un representante de la Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros.
  • Un representante de la Dirección General de Promoción y Sostenibilidad Minera.
  • Un representante de la Dirección General de Eficiencia Energética.
  • Un representante de la Oficina General de Asesoría Jurídica.
  • Un representante del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico (INGEMMET).
  • Un representante del Instituto Peruano de Energía Nuclear (IPEN).

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