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(PDAC 2021) Un solo procedimiento y entidad: la promesa para reformular el proceso de exploraciones

Roxana Barrantes, quien lideró la “Comisión para el Desarrollo Minero Sostenible” e investigadora principal del Instituto de Estudios Peruanos participó del PDAC 2021 donde hizo un repaso de los hechos y permisos que suceden para que los proyectos puedan entrar a fase de exploración y construcción.

Según recordó la especialista, desde 1992, cuando se promulgó el texto único ordenado de la Ley General de Minería, pasando por la firma del Convenio 169 de la OIT para proteger los derechos de los pueblos originarios tres años después, y la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental, hasta la Ley de Cambio Climático, cada una de ellas llegó con una entidad única y diferente al Ministerio de Energía y Minas como la responsable para hacerlas cumplir, pero ninguna previno mecanismos de comunicación adecuados.

En torno a ello, situó a todos los asistentes virtuales a que entiendan cómo sucede la aprobación para exploración en el Perú, la cual tarda mucho en suceder, toda vez que pueden existir acuerdos privados entre titulares donde: a nombre de la nación y de la tierra, pero adicional a ello el Minem debe realizar el proceso de consulta previa en el marco del Convenio 169 de la OIT.

Frente a ello, afirmó que las lecciones aprendidas dejan que los acuerdos se negocian sobre una base de respeto mutuo que contribuya a una sostenibilidad de largo plazo, pero el problema es que no todos los pueblos originarios están definidos como tales, y tampoco sus propiedades sobre la tierra, por lo cual el ejecutivo debe verificar en cada caso si se trata de pueblos originarios y tierras, lo cual también toma mucho tiempo.

“La promesa es reformar el proceso: el nuevo procedimiento de exploración debe estar proceso liderado por el Minem para garantizar derechos similares para todos los propietarios de tierra. Que no se generen diferenciaciones. Además, integrar, en un solo procedimiento, en una entidad, el acuerdo privado de los dos titulares derecho (suelo y exploración y explotación) y el proceso de consulta cuando sea requerido”, explicó.

En construcción y operación

En función a la construcción y operación de los proyectos, Roxana Barrantes indicó que si bien desde el punto de vista de las inversiones, son las mineras quienes deciden aspectos como la cantidad de perforaciones, lugar del tajo y parecidos, de analizar también el punto de vista de las personas que realizaron su vida alrededor de dichas tierras, es probable que algunos lleguen a la conclusión que no resulta tan promovedor de la sostenibilidad; sin embargo es ahí donde entra a tallar la participación de la población.

“El EIA debe incluir un proceso de participación de la población que sea significativo y que ocurra desde el primer momento cuando en alguna parte del mundo sobre decisiones técnicas sobre donde debería ser la operación minera. Además, los términos de referencia deberían ser acordados y consultados con las poblaciones locales desde un inicio. Cualquier proceso de participación se hace sobre la base de información plena”, enfatizó.

*foto referencial

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