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Gobierno aprueba reglamento para que vehículos de transporte terrestre internacional usen combustible con bajo contenido de azufre

Los vehículos deberán usar Diesel B5, Gasolinas y Gasoholes con un contenido de azufre no mayor de 50 ppm, con la finalidad de salvaguardar la calidad del aire.

A través del Diario Oficial El Peruano, el 08 de octubre del 2023, se publicó el Decreto Supremo Nº 018-2023-EM, el cual aprueba el Reglamento de la Ley N° 31646 “Ley que establece que los vehículos de transporte terrestre internacional ingresen al territorio nacional cumpliendo la normativa peruana en materia de calidad de combustibles”.

La normativa, refrendada por el titular del Ministerio de energía y Minas (Minem), Óscar Vera Gargurevich, y sus homólogos de las carteras de Economía y Finanzas, Transportes y Comunicaciones y la Presidencia del Consejo de Ministros, establece que los vehículos que crucen las fronteras peruanas, deberán ingresar al país usando Diesel B5, Gasolinas y Gasoholes con un contenido de azufre no mayor de 50 ppm, con la finalidad de salvaguardar la calidad del aire.

Esta especificación técnica se da en concordancia con lo señalado en el Decreto Supremo Nº 014-2021-EM, normativa peruana vigente sobre la calidad del uso de combustibles, donde se establecen medidas para coadyuvar a una mejora en la calidad de los combustibles líquidos, así como en los niveles de calidad ambiental.

Más detalles

De acuerdo al reglamento, cuando el vehículo que no cumpla con esta especificación técnica, podrá ingresar a territorio peruano con una cantidad determinada de combustible para su desplazamiento hasta el establecimiento de venta al público de combustibles (EVPC) más próximo dentro del país; según el paso fronterizo de ingreso donde se encuentre, de acuerdo al artículo 4 del reglamento.



Por otro lado, la norma también señala que, el Osinergmin aprobará el procedimiento de fiscalización y sanción, así como la tipificación de infracciones y escala de multas y sanciones de las disposiciones contenidas en la Ley N°31646 y su Reglamento, en un plazo de 60 días calendario.  

El Minem destaca que esta medida contribuye a ordenar el mercado de los combustibles automotor y mejorar la calidad del aire permitiendo así el desarrollo de un sector energético con mínimo impacto ambiental y bajas emisiones de carbono en un marco de desarrollo sostenible, en congruencia con la Política Nacional Energética del Perú 2010 – 2040.

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