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OEFA: “PJ no acepta demanda de amparo de minera Perubar”

ECONOMÍA. La Sala Civil de la Corte Superior de Justicia del Callao confirmó la improcedencia de la demanda de amparo interpuesta por la minera Perubar S.A. contra el Decreto Supremo Nº 130-2013-PCDM, del 19 de diciembre del 2013, que establece la alícuota del Aporte por Regulación, a cargo de las empresas del sector minería, que le corresponde percibir al OEFA.

En esta sentencia, la Sala Civil desestima los argumentos de la empresa minera y confirma que la demanda de amparo fue interpuesta ante un juzgado incompetente por razón de territorio.

A la fecha, de los 33 procesos de amparo interpuestos por empresas mineras contra el Aporte por Regulación (APR) del OEFA, diez han sido declaradas improcedentes, y de estas cinco se han confirmado en segunda instancia judicial.

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Adicionalmente, los tres procesos de acción popular que se siguen contra el aporte han sido declarados infundados, ratificándose a nivel judicial la legalidad y constitucionalidad del Aporte por Regulación del OEFA.

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El OEFA saluda la correcta aplicación e interpretación de las normas por parte de la Corte Superior de Justicia del Callao, que se suma a los fallos emitidos por la Cortes Superiores de Justicia de Lima y de Arequipa a favor del Aporte por Regulación que percibe el OEFA.

Fuente: OEFA

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